Volver
Blog
Impuestos Gestión Empresarial Contabilidad

El IVA en servicios médicos privados en Costa Rica

08 Jun 2026

El impuesto al valor agregado, conocido por sus siglas como IVA, ha generado un impacto en los flujos de dinero de las personas y empresas que brindan servicios profesionales en el área médica y salud desde el año 2019, con la llegada de la Ley 9635 y su aplicación.

Esto debido a que antes de la entrada del IVA, se trabajaba bajo el esquema de impuesto de ventas, el cual no se aplicaba en temas de servicios médicos; por lo anterior, el único impuesto a declarar y pagar hasta estas fechas era el de Impuesto sobre la Renta (ISR) para este grupo de empresas y profesionales.

En servicios médicos se aplica una tarifa reducida y un esquema de devolución por pago con tarjeta… pero ¿Cuánto se paga de IVA en servicios médicos?

La escala por servicios médicos privados es de un 4% sobre el precio por los servicios brindados; en caso de recibir el pago con tarjeta el cliente tendrá un beneficio de devolución del IVA, es decir el 4%.

Requisitos a cumplir para que el cobro del IVA 4% sea admitido por la Administración Tributaria:

- El contribuyente debe ser un profesional en ciencias de la salud debidamente incorporado y activo en el colegio correspondiente.
- Contar con un facturador electrónico correctamente configurado con CAByS.
- Estar inscrito en la actividad económica correspondiente.
- El monto final incluirá el servicio más el 4% de IVA.
- Declarar y pagar el IVA antes del día 15 del mes siguiente.

Realice una correcta planificación tributaria de sus pagos y flujos. Recuerde que estos impuestos son dineros que se trasladan al Estado.

Cuente con el equipo de Ones Asesores, altamente capacitado en estrategia fiscal y servicios médicos.

Fuentes:

Ley N° 9635, Ley del Impuesto al Valor Agregado.

Autor(es)

Autor
Sandra Fuentes

Directora General, Ones Asesores | Especialista en Impuestos | Máster en Gerencia Estratégica | Consultora Empresarial

8811-2712 | sfuentes@onesasesores.com